SIRC
Sistema Iberoamericano de
Resolución de Controversias

HN · Honduras

Arbitraje en Honduras

Marco normativo, tribunales competentes y reconocimiento de laudos arbitrales aplicable a las controversias sometidas al SIRC desde Honduras.

Ley aplicable

Ley de Conciliación y Arbitraje, Decreto 161-2000

Convención de Nueva York

Adhesión 3 oct. 2000 · vigor 1 ene. 2001

Nulidad del laudo

Corte de Apelaciones de la jurisdicción

Ejecución del laudo

Juez competente (nacional) / Corte Suprema (extranjero)

Marco normativo

El Decreto 161-2000 unificó el arbitraje comercial en un solo cuerpo normativo moderno.

Reconocimiento y ejecución de laudos

A · Laudo dictado en Honduras

Ejecución directa ante el juez competente conforme al Código de Procedimientos Civiles. Nulidad: 7 días, ante la Corte de Apelaciones — o un nuevo tribunal arbitral si las partes lo pactan.

B · Laudo dictado fuera de Honduras

Reconocimiento concentrado en un único tribunal de máxima instancia: la Corte Suprema de Justicia (patrón similar a Bolivia).

Materias arbitrables

Estándar de disponibilidad conforme a derecho hondureño.

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Sin necesidad de cláusula arbitral previa. Invite a la otra parte en minutos.

Nota de vigencia. Información verificada al 12 de julio de 2026. El marco normativo de cada país puede ser objeto de reformas legislativas posteriores a esta fecha; esta ficha tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoría legal. Para decisiones que dependan de la vigencia exacta de una norma, se recomienda confirmar con la fuente oficial del país correspondiente o con asesoría legal local.