En el SIRC, resuelva sus disputas en 5 sencillos pasos.
Invitación a arbitraje
La parte interesada invita a la otra parte a someter la controversia a arbitraje mediante una notificación electrónica.
Nueva invitación a arbitraje
Nombre de la disputa
Incumplimiento contractual
Parte solicitante
Juan Pérez López
Parte invitada
Nortia Digital S.A. de C.V.
Monto de la disputa
$180,000.00 USD
Descripción de la disputa
Controversia derivada de un contrato de prestación de servicios entre las partes.
Notificación y admisión
La invitación es recibida y el procedimiento se tramita conforme al reglamento del SIRC.
Invitación a arbitraje
Nombre de la disputa
Incumplimiento contractual
Parte solicitante
Juan Pérez López
Descripción de la disputa
Controversia derivada de un contrato de prestación de servicios entre las partes.
Monto de la disputa
$180,000.00 USD
Al aceptar, el procedimiento arbitral podrá dar inicio.
Designación del árbitro
Se designa el árbitro o el tribunal encargado de resolver la controversia.
Se ha designado un árbitro a su caso
Árbitro especializado en derecho comercial y civil, con amplia experiencia en la resolución de controversias contractuales en Iberoamérica.
Idiomas
Español, portugués
Formación
Doctorado en Derecho, Universidad de Salamanca
Apertura del procedimiento
Presentación de escritos, pruebas y alegaciones a través de la plataforma SIRC. Cuando resulte necesario, podrán celebrarse audiencias.
Ver grabación de audiencia
Ver transcripción
Audiencia de alegatos – Incumplimiento contractual
Laudo arbitral definitivo
El procedimiento culmina con un laudo arbitral definitivo y vinculante.
Incumplimiento Contractual
Laudo emitidoNúmero de Caso
202400134665
Monto de la disputa
$180,000.00 USD
Tribunal Arbitral
Mtro. Juan Carlos Pérez López
Árbitro Único
Parte Demandada
Nortia Digital S.A. de C.V.
LAUDO ARBITRAL
En la Ciudad de México, a 30 de julio de 2025, el árbitro único, habiendo concluido el procedimiento arbitral de conformidad con el Reglamento del SIRC, emite el presente laudo de manera definitiva e inapelable.
PRIMERO. Es procedente la reclamación de la Parte Solicitante.
SEGUNDO. La Parte Demandada deberá pagar a la Parte Solicitante la cantidad de USD $180,000.00, más los intereses legales aplicables.
TERCERO. Cada parte asumirá sus propios gastos.
Mtro. Juan Carlos Pérez López
Árbitro Único
Estatus del caso
Laudo emitido